lunes, 2 de diciembre de 2013

Derechos de reproducción




Son derechos universales que corresponden a todas las personas, sean como sean, vivan donde vivan y hablen la lengua que hablen.
Los derechos reproductivos implican:
1. El derecho a tener el número de hijas o hijos que deseamos tener.
2. El derecho a elegir el momento en el que deseamos tener a nuestros hijos.
3. El derecho a elegir con información, es decir, el derecho que tenemos todas las personas de conocer nuestro cuerpo, sus características, funciones y limites, así como el derecho de conocer las estrategias y métodos de planificación familiar, domicilios de clínicas y centros de salud que brindan atención en materia de planificación familiar.
4. El derecho a la consejería o asesoría en materia de planificación familiar, es decir, el derecho que tenemos de contar con clínicas, centros de salud y personas especializadas en el proceso de toma de decisiones de planificación familiar.
5. El derecho a desarrollar la capacidad de elegir con responsabilidad.
6. El derecho a desarrollar la capacidad de elegir con libertad.
7. El derecho de elegir con autonomía, se refiere al derecho de tomar en cuenta en nuestra decisión los valores y principios personales y proyectos propios.
8. Derecho a la confidencialidad,que consiste en tomar las decisiones personales y de pareja de manera íntima.
9. Derecho a solicitar y recibir, de manera gratuita, servicios de planificación familiar. Implica el derecho de acudir, con independencia de nuestra condición económica, étnica o social, a centro de salud para solicitar, de manera gratuita, información, asesoría, consulta médica o aplicación y vigilancia permanente de los métodos de planificación familiar que elegimos.
10. Derecho a tener partos y pospartos sanos y vigilados, implica que la mujer debe tener una atención y vigilancia médica de calidad antes del embarazo, durante la gestación, en el momento del parto y después del parto. También incluye la atención al recién nacido, así como asesoría al padre y madre sobre los cuidados del bebé.
11. Derecho de las personas a ser recibidos con respeto y calidez en la prestación de los servicios, se refiere al derecho de que en las consultas medicas y asesorías exista un ambiente de cercanía humana, con respeto en los principios y valores de cada persona y con tolerancia y reconocimiento sincero en la diversidad.


OTRA DEFINICION DE DERECHOS REPRODUCTIVOS 

El Grupo de Información en Reproducción Elegida señala que, los derechos reproductivos se desprenden de los derechos humanos más básicos y abarcan principalmente el derecho a la autodeterminación reproductiva y el derecho a la atención de la salud reproductiva. 

"Los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya están reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso. Esos derechos se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsable mente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y reproductiva. También incluye su derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia..." (Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo.

Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
Es una garantía individual que mujeres y hombres decidan cuántos hijos e hijas tener y cuándo tenerlos, y que, sea cual fuere su decisión, el Estado proteja su salud y bienestar en todos los aspectos ligados a la procreación. Sin embargo, las leyes vigentes aún no admiten una gama amplia de posibilidades de control de la fecundidad ni reconocen explícita mente el derecho de la mujer a decidir sobre los asuntos que afectan su sexualidad y reproducción, derecho que incluye la posibilidad de decidir un aborto. 


Los derechos reproductivos comprenden, entre otros aspectos, la posibilidad de que las mujeres elijan, según su conciencia, si han de interrumpir o no un embarazo. Los códigos penales de los estados no admiten totalmente esta posibilidad, y las salvedades que consienten (el aborto por violación, por ejemplo) son, en la mayoría de los casos, impracticables (ver nuestra sección las leyes sobre el aborto en México). En el Distrito Federal se han dado cambios legislativos importantes que están abriendo la posibilidad de que en el caso de violación, la interrupción del embarazo sea una opción real para las mujeres.


Corina Vuadens.

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